martes, 21 de junio de 2011

Restricción de venta de licor en tiendas y supermercados después de las 11:00 P.M.

La Alcaldía Local de Chapinero y en especial la Alcaldesa Blanca Inés Durán Hernández agradece la Alcaldesa Encargada Doctora Clara López de Obregón por acoger la propuesta de restricción a la venta de licor en tiendas y licorerías.

La propuesta de la Alcaldesa de Chapinero ha sido firmada a través de un decreto por la Alcaldesa Encargada Clara López posibilitando que haya una reducción significativa en los robos a las personas que en alto estado de alicoramiento descuidan sus objetos personales, una reducción en las riñas callejeras causadas por el envalentonamiento que produce el consumo de licor, reducción en accidentes de tránsito producidos por los peatones imprudentes.

La medida ya había sido aplicada en enero, febrero y marzo de 2009 mediante decreto 013 de 2009 arrojando excelentes resultados.

La Alcaldesa Local de Chapinero viene trabajando una propuesta de “Política Pública para la Rumba” en donde propone que la venta de licor y la hora zanahoria sean replanteados según las especificaciones y características de cada establecimiento de comercio.

Por ejemplo que las discotecas que cumplan con todas las normas requeridas por las autoridades distritales y a acojan muevan normas como conductores elegidos, venta de comida dentro del establecimientos, condiciones de seguridad para las personas que departen en los establecimientos puedan funcionar hasta las 6 de la mañana.

Por el contrario en el caso de las licorerías estas deberían cerrar la venta de licor a las 11:00 pm puesto que estos establecimientos no ofrecen a sus clientes medidas de seguridad, alientan a consumir licor en el espacio público que además está prohibido por el código distrital de policía.

El Decreto también cobija a grandes superficies comerciales, supermercados, licorerías, cigarrerías, estancos, salsamentarias, confiterías fruterías, panaderías, galleras, canchas de tejo y billares

La restricción horaria no aplica a la venta de licores a domicilio

La medida no incluye a sitios de rumba que funcionan hasta las 3:00 a.m.

Queda prohibido el expendio y consumo de licor en bombas de gasolina

Quienes incumplan la norma podrán ser sancionados hasta con dos salarios mínimos ($1.071.200), y los establecimientos comerciales cerrados hasta por 7 días

Los alcaldes y alcaldesas locales incrementarán operativos para verificar cumplimiento del Decreto

0 comentarios:

Publicar un comentario